En los procesos divisorios, de deslinde y amojonamiento, de expropiación, de servidumbres, posesorios de cualquier naturaleza, de restitución de tenencia, de declaración de pertenencia y de bienes vacantes y mostrencos, será competente de modo privativo el juez del lugar donde se hallen ubicados los bienes, y si éstos comprenden distintas jurisdicciones territoriales, el de cualquiera de ellas a elección del demandante
Fecha: 13 de agosto de 2002
Ponente: Jorge Antonio Castillo Rúgeles
Proceso ordinario
Juzgados: 1° Civil del Circuito de Santander de Quilichao (Cauca)- 4° Civil del Circuito de Cali (Valle).
Asunto: El trámite de un proceso ordinario encaminado al pago de indemnización por perjuicios, el primer funcionario al que se le repartió el asunto rechazó la demanda, en consideración a que la controversia se derivaba de una acción contractual, enviado el expediente a un segundo juez, argumentó que el actor no estaba haciendo valer un contrato sino reclamando los perjuicios generados del embargo y secuestro de un automotor, propuesto el conflicto La Sala de Casación Civil, ordenó remitir la litis al primer despacho, por ubicarse la reclamación en el plano de la responsabilidad civil extracontractual.
Fecha: 29 de octubre de 2002
Ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez
Proceso ordinario
Juzgados: 7° Civil Municipal de Villavicencio-3° Civil Municipal de Bogotá
Asunto: Sometido a reparto un proceso en ejercicio de acción indemnizatoria de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, el juez a quien correspondió rechazó la demanda al afirmar que no correspondía al domicilio de la parte vinculada, enviándolo a un segundo despacho, el receptor repelió el conocimiento argumentando que la aprehensión estaba señalada en el lugar donde ocurrieron los hechos, provocó el conflicto y dispuso enviar el litigio a la Sala de Casación Civil, quien ordenó asignar el asunto al primer funcionario, en respeto de la decisión de la actora.